Campaña Socialización sobre los derechos de las personas con discapacidad .
viernes, 17 de enero de 2020
LAS PUBLICACIONES PROHIBIDAS
POR EDGAR ALVAREZ
Las publicaciones prohibidas se clasifican de la siguiente manera:
a-En interes de protección de menores.
b-En interes de una buena administración de justicia.
c-En interes de la seguridad nacional.
EN INTERES DE LA PROTECCIÓN DE MENOR
La ley 6132 en sus artículos 43,
44 se regiere a la prohibición de publicar por cualquier medio textos ilustración relativa a la identificación y la personalidad de los menores de 16 años y se huviesen separado de sus padres, tutores o responsables;asímismo,relativa al suicidio de menores de 16 años.
La ley # 4033,así como la 3324 regulan la primera la circulación de revistas y publicaciones para niños y adolescentes.
3324;prohibe la publicidad de noticias relativas a delincuencia, mendicidad y vagancia de menores de 18 años de edad.
La ley # 1494 crea el código para la protección de niños, niñas y adolescentes.
EN INTERES DE UNA BUENA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Los artículos 41,42 de la misma ley,señala que queda prohibido publicar textualmente la acusación fiscal y los actos del procedimiento criminal o correccional antes que hayan sido leidas con la finalidad de conservar su status quo de condiciones de clase dominante.
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